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patronato.huerfanos@fphomc.es- web:
www.fphomc.esPrincipios
Generales
Todos los principios que a continuación se describen, emanan de la Misión y Valores de la
Fundación. Para ello se establece lo siguiente:
1.
Lasprestacionesqueconcede laFundaciónestánbasadasencriterioscomplementarios
de cualquier servicio, prestación o ayuda otorgados por los diferentes sistemas de
protección social. Su carácter es finalista y se conceden de acuerdo a los criterios
establecidos para cada prestación en el Catálogo anual vigente.
2.
La FPSOMC decidirá los requisitos de acceso y la cuantía de las ayudas y prestaciones
para cada supuesto establecido, ateniéndose para ello a las posibilidades económicas
de la Fundación y a su viabilidad de futuro, siendo objeto de revisión anual.
3.
Las ayudas se fundamentan en el principio de solidaridad y equidad, por lo que para
fijar su concesión y cuantía se establecen baremos de necesidad social y económica,
así como topes máximos de ingresos sobre los que calcular el importe de la ayuda.
4.
Variasde las ayudas establecidas estándirectamente relacionadas con ladiscapacidad
o la dependencia y sus efectos sobre el deterioro de la salud y la necesidad de apoyo
social, y tienen como finalidad disminuir el mayor coste económico que representa
para la persona discapacitada o dependiente, así como para su familia, el hecho de
la propia discapacidad o dependencia.
5.
Otros grupos de ayudas contenidas en el Catálogo son las dirigidas a paliar los
gastos originados por las necesidades educativas que presentan los huérfanos
de colegiados, las necesidades sobrevenidas por una situación de viudedad, las
necesidades de conciliación de la vida personal, familiar y profesional, y las dirigidas
a promover, proteger y prevenir la salud del médico.
6.
La Fundaciónpodráotorgar ayudas por razones excepcionales y extraordinarias, y como
excepción a los requisitos exigidos en el Catálogo anual vigente, en casos concretos y
específicos, plenamente justificados y motivados por graves razones relacionadas con
los fines de la FPSOMC, sin que tales decisiones sirvan de precedente.
7.
La puerta de entrada a la Fundación y sus prestaciones son los Colegios de Médicos.
Para ello está establecido un proceso de gestión de altas y bajas, siendo competencia
de los Colegios la verificación e idoneidad del contenido documental aportado por el
solicitante, de acuerdo a los requisitos de acceso exigidos para cada prestación.
8.
El acceso a las prestaciones o ayudas, en caso de concederse, se producirá desde la
fecha de entrada en la Fundación de la solicitud que dé origen al reconocimiento de la
condición de beneficiario, junto con
toda
la documentación exigida, sin perjuicio de
las excepciones estatutarias y de sus efectos económicos. La tramitación completa,
tanto por parte de la Fundación como de los Colegios se realizará a través del
programa informático
eGestión
.
9.
El Catálogo de Prestaciones es un documento abierto a cualquier nuevo contenido
que el Patronato acuerde incorporar, de vigencia anual, y estará sujeto a la legislación
fiscal vigente.
PRINCIPIOS GENERALES
II.
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