Responsabilidadde los residentes deCiencias de la Salud,tutores y especialistasResponsabilidad

por la lex artis profesional (son las reglas generales que rigen el ejercicio de determinadas profesiones u oficios). 4. Existencia de un daño. Para la jurisprudencia ”no es suficiente con una conducta imprudente, se precisa además la producción de un resultado material”. 5. Relación de causalidad entre la actuación negligente y el daño. Que el daño sea consecuencia del comportamiento que se analiza (imputación objetiva del resultado). Los criterios que principalmente son utilizados de forma reiterativa por la doctrina jurisprudencial son: z No es punible el simple error diagnóstico, salvo cuando cualitativa o cuantitativamente resulte de extrema gravedad z No es punible la carencia por el facultativo de una pericia extraordinaria o de cualificada especialización z No se puede acudir a planteamientos o fórmulas generales, sino que hay que analizar cada caso en particular. z No es punible si la falta de material o instrumental médico, no le son imputables. z La culpabilidad se produce en los casos en que el facultativo pudo evitar el comportamiento causante del daño. 7.2. Imprudencia. Culpa no dolosa La imprudencia o negligencia es la conducta habitual en Medicina, ya que el dolo (intención de hacer daño), es excepcional en nuestra profesión, actúa dolosamente quien lo hace con conocimiento y voluntad, el autor sabe que su conducta es contraria a Derecho, y a pesar de ello decide realizarla. La voluntad de matar o lesionar a otra persona, es incompatible con el fin de nuestra profesión. En general, la doctrina y la jurisprudencia definen la imprudencia como la conducta humana, que por falta de previsión o inobservancia de un deber de cuidado del sujeto que la ejecuta, produce un resultado lesivo para un bien jurídico protegido en una norma penal. Se ocasiona una lesión porque el sujeto no previó el resultado, o habiéndolo previsto, no lo evitó pudiendo hacerlo. Señala el Código penal que “no hay pena, sin dolo o imprudencia”. MIR RESPONSABILIDAD DE RESIDENTES EN CIENCIAS DE LA SALUD, TUTORES Y ESPECIALISTAS 81

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